Multas de aparcamiento

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Multas de aparcamiento

Las multas de tráfico por aparcamiento están entre las más comunes en zonas urbanas. Estacionar de forma incorrecta conlleva una multa administrativa que parte de los 80 euros y puede ascender hasta los 200 euros, en todos los casos con posibilidad de deducción del 50% si se paga en período voluntario, aunque esta fórmula impide una reclamación posterior.


¿Cuáles son las multas por aparcamiento?

  • Vulnerar el régimen de parada y estacionamiento en vía urbana regulado por la ordenanza municipal incumpliendo las limitaciones horarias de duración del estacionamiento (art. 93): 80 euros.
  • No señalizar la presencia de un vehículo detenido cuando haya hecho una parada o estacionamiento (art. 109): 80 euros.
  • Estacionar el vehículo sin situarlo paralelamente al borde de la calzada, es decir, dejando mucha separación con el bordillo (art. 92): 80 euros.
  • La multa por estacionar el coche en doble fila estacionado sin conductor es de 200 euros.
  • Detenerse en una zona destinada al estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano (art. 94), por ejemplo parar en un carril bus: 200 euros.
    Estacionar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio o
  • circulación de determinados usuarios cuando obstaculice gravemente la circulación o sea un riesgo para los peatones (art. 94): 200 euros.
  • No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido (señal R-307) (art. 154): 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido (señal R-308) (art. 154): 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido los días impares (señal R-308 a) o pares (señal R 308 b) (art. 154), con la indicación de la primera o segunda quincena: 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado (R-308 e) (art. 154): 200 euros.
  • Estacionar el vehículo para una zona reservada de carga y descarga (art. 91): 200 euros.
  • Estacionar en una plaza reservada para minusválidos (art. 91): 200 euros.
  • La multa por aparcar encima de la acera (art. 94) puede ser de hasta 200 euros, aunque hay ordenanzas municipales más permisivas en este punto, sobre todo con las motos.

¿Existe la posibilidad de reducción si pago en el periodo voluntario?

Tanto las multas leves (100 euros) como graves (200 euros), se pueden reducir a la mitad de su importe si se paga en el período voluntario.


¿Dónde puedo saber si me han multado?

Desde la web de la DGT te ofrecen acceder de forma gratuita al Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) mediante el DNI, NIE, CIF o matrícula del vehículo.


¿Qué hago si me llega multa de un coche que ya vendí?

Cuando se vende un vehículo se debe realizar un cambio de titularidad para que los nuevos datos del propietario queden registrados en la DGT.


¿Tiene validez una multa que llega por correo ordinario?

Esto no tiene validez. La Administración siempre tiene que utilizar un medio que deje constancia de la recepción de la notificación por parte del interesado. En el caso de que la comunicación sea imposible por no encontrarse en su domicilio o haber cambiado de dirección sin haberlo avisado, la notificación se publicará en el BOE.
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